las autoridades demandadas no suspendieron la audiencia a pedido del Ministerio Público y de la parte querellante, los cuales argumentaron extensamente hechos que desconoce, tergiversando la información y haciéndole ver como culpable del hecho, cuando se encuentran en pleno juicio oral del cual no hay sentencia alguna
Cuando se constituyó a firmar el cuaderno de registro en el Juzgado de Ejecución Penal, fue notificado con el señalamiento de audiencia de apelación incidental sobre medidas cautelares para el 23 de enero de 2009, a horas 10:00; a pesar de haber presentado un memorial en el que solicitó una nueva fecha para tal actuado, debido a que sus abogados ejercían y radicaban en la ciudad de La Paz; sin embargo, las autoridades demandadas no suspendieron la audiencia a pedido del Ministerio Público y de la parte querellante, los cuales argumentaron extensamente hechos que desconoce, tergiversando la información y haciéndole ver como culpable del hecho, cuando se encuentran en pleno juicio oral del cual no hay sentencia alguna.
- I. ANTECEDENTES
- las autoridades demandadas no suspendieron la audiencia a pedido del Ministerio Público y de la parte querellante, los cuales argumentaron extensamente hechos que desconoce, tergiversando la información y haciéndole ver como culpable del hecho, cuando se encuentran en pleno juicio oral del cual no hay sentencia alguna
- II.1. Argumentos jurídicos de la Sentencia disentida
- II.2. Aspectos que debieron ser considerados
