SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0326/2011-R
Fecha: 01-Abr-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
La empresa a la que representa es propietaria de dieciséis lotes de terreno que se encuentran ubicados en la UV 79, Manzano 2, con una superficie total de 5760 m2 e inscrito su derecho propietario en Derechos Reales (DD.RR.) bajo las partidas computarizadas: 010367822, folio 224074; 010367840 folio 224221; 010367825, folio 223947, 010367824, folio 223950, 010367829, folio 224216; 010367823, folio 223860 de 16 de abril de 1999 y 010363537, folio 220985 de 9 de marzo de 1999.
Menciona que no obstante, de haber conversado con los invasores y hacerles conocer el destino de los dieciséis lotes de terreno, persistieron en mantenerse dentro, sin importarles las consecuencias que pueda derivar por la ocupación ilegal, más al contrario, dándose a la tarea de amedrentar y amenazar a los funcionarios de Industrias de Aceite S.A. que se hicieron presentes en el terreno.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 3
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional y la excepción al mismo
- tutela contra acciones o medidas de hecho cometidas por autoridades públicas o por particulares
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR