Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0450/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
concedió
El Juez de Partido y de Sentencia de Achacachi, provincia Omasuyos del Distrito Judicial de La Paz, mediante Resolución 5/2009 de mayo, cursante de fs. 103 a 105 vta., concedió el amparo constitucional, declarando nulo los memorándums de suspensión de 21 y 22 de junio de 2008, restableciéndose todos los derechos y restituyéndose los dividendos desde la fecha de su suspensión, salvando los derechos de la Cooperativa, para que a través de los procedimientos que vieren por conveniente hagan prevalecer sus derechos, y al existir detrimento económico se sanciona con costas. Con el argumento que no se siguió proceso interno previo conforme a su Reglamento, antes de la determinación de suspensión.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- debido proceso
- III.2. Sobre el derecho a la defensa
- III.3. Respecto a la presunción de inocencia
- vulnera el principio de presunción de inocencia, pues ésta al desconocer con certeza las acusaciones en su contra, se ve imposibilitada de estructurar adecuadamente su defensa, expresar sus alegatos, presentar sus descargos y pruebas”
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR