SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0453/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0453/2011-R

Fecha: 18-Abr-2011

1)

Rimer Ágreda Claros, presentó informe escrito cursante de fs. 26 a 29 de obrados, señalando: 1) La RTA 08/2009, emitida por el Agente Cantonal ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Ley de Municipalidades y la OM 31/2006; es decir, que la Resolución contiene de manera expresa los motivos que fundaron la clausura definitiva; 2) Como confiesa el accionante, el 14 de mayo de 2009, presentó memorial de reconsideración a la clausura definitiva que no ha sido respondido, sin considerar que existen los recursos de revocatoria y jerárquico e inclusive la impugnación en la vía judicial, recursos que no utilizó el accionante; y, 3) El accionante, tenía expedita la aplicación de la Ley de Procedimiento Administrativo, para reclamar y hacer valer sus derechos, debió activar la normativa prevista por el art. 35 de la citada Ley, además, la solicitud del accionante aún no fue resuelta y no puede hablar de silencio administrativo toda vez que, éste opera a los seis meses art. 17.V de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA).