Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0453/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Dada la carga procesal, mediante Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, se ampliaron las facultades otorgadas a este Tribunal mediante la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, a objeto de conocer y resolver las acciones de defensa de derechos fundamentales presentadas a partir del 7 de febrero de 2009, es decir bajo el nuevo orden constitucional; por lo que, mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero del año en curso se procedió a la reanudación del sorteo de causas.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de subsidiariedad de la acción de amparo
- esta acción se interpondrá '…siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados'
- el amparo constitucional se constituye en un instrumento subsidiario y supletorio de protección
- declarar la improcedencia
- III.2. Análisis del caso concreto
- presentó memorial solicitando la reconsideración de la clausura definitiva que sufrió su local
- REVOCAR