SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0661/2011-R
Fecha: 16-May-2011
conceder
La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, mediante la Sentencia Constitucional Nª 006/2009 de 25 de junio, cursante de fs. 49 a 53, determinó conceder la acción planteada, disponiendo la restitución del accionante a su fuente laboral en el plazo de cuarenta y ocho horas de pronunciada la resolución y el pago de daños y perjuicios a ser evaluados en ejecución de sentencia, en base a los siguientes fundamentos: i) Por los certificados médicos adjuntos a la prueba presentada por el accionante se evidencia el grado de discapacidad del mismo, su designación en el cargo de Técnico Superior en la Secretaría Departamental de Desarrollo Social, así como su desvinculación; ii) El recurso de revocatoria interpuesto por el accionante fue rechazado en base a informes legales, derivando en el pronunciamiento del Prefecto y Comandante de Departamento de Oruro, el cual dispone el “no ha lugar de la petición formulada”; y, iii) No existe proceso administrativo en contra del accionante, menos aun destitución con base real y legal, por lo que, se concluye que es pertinente la concesión de la tutela.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- conceder
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia aplicable
- (…) que este tribunal moduló la no incidencia de la subsidiaridad de esta acción tutelar tratándose de los derechos fundamentales y garantías constitucionales de las personas discapacitadas,
- “
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR