SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0677/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0677/2011-R

Fecha: 16-May-2011

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante, alega que la autoridad demandada vulneró sus derechos a la petición y al trabajo, dado que ante sus reiteradas solicitudes de autorización de extracción de áridos de tres concesiones mineras de su propiedad, realizadas de manera escrita, la primera, el 6 de enero de 2009 y la última, el 29 de abril del mismo año, y de manera verbal en varias oportunidades, hasta la fecha, no se le dio respuesta, sobrepasando el plazo de quince días otorgado por el art. 35 del Segundo Reglamento Municipal para el Manejo Administrativo y Aprovechamiento de Áridos o Agregados, aprobado por la OM 076/2007, en cumplimiento de la Ley 3425. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales del accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.