SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0693/2011-R
Fecha: 16-May-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Por memorial presentado el 26 de noviembre de 2009, cursante de fs. 4 a 5, la accionante manifiesta que el 30 de octubre de ese año, interpuso incidente de libertad condicional y que transcurridos más de veinticinco días no se ha dictado resolución a su solicitud, a pesar de sus múltiples solicitudes pidiendo se resuelva conforme lo disponen los arts. 174 y 175 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS).
Indica que, tanto la Jueza Segunda de Ejecución como el Juez suplente no resolvieron su solicitud conforme a las normas procesales penitenciarias, a pesar de contar con todos los requisitos que señala la ley, dilatándose por diferentes motivos, como por la ausencia de la Secretaria, enfermedad del Juez, notificación, convocatorias a audiencias notificando a personas que no son los sujetos procesales; es decir, todo tipo de circunstancias que no permitieron acceder a su libertad.