SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0695/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0695/2011-R

Fecha: 16-May-2011

“procedencia”

La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 26 de 6 de noviembre de 2009, cursante de fs. 11 vta. a 13 vta. de obrados, declaró la “procedencia” de la acción de libertad, ordenando al Director del Hospital Universitario Municipal “San Juan de Dios”, Marcelo Cuellar Crespo, la inmediata libertad del ciudadano Jorge Freddy Orellana Méndez, sin costas, multas ni daños y perjuicios, en base a los siguientes fundamentos: 1) Jorge Freddy Orellana Méndez, se encontraba internado en el referido Hospital Municipal, desde 9 de agosto de 2009, siendo dado de alta el 3 de noviembre del mismo año; 2) Por la abundante jurisprudencia nacional se estableció que cuando se trate de instituciones médicas dependientes del Estado a través de las Alcaldías Municipales, no está permitido retener a los pacientes por concepto de deudas contraídas con la institución hospitalaria; 3) No obstante de tener conocimiento de esa disposición el Hospital no dio el debido cumplimiento, vulnerándose el art. 125 de la CPE, razón por la cual no existía motivo legal para su permanencia en el interior del nosocomio, constituyendo ello una ilegal e indebida privación de libertad y del derecho de locomoción, al cual toda persona debe tener acceso conforme lo reconoce el art. 21 de la CPE, y principalmente si el art. 22 de la misma Constitución Política del Estado reconoce la dignidad y libertad de las personas son inviolables, siendo el deber del Estado su respeto y protección, lo cual hace procedente la presente acción, sin perjuicio de las acciones legales cobratorias que puede iniciar el centro asistencia para lograr la recuperación de sus acreencias legítimas; y, 4) Asimismo, dispuso que ambas partes deben firmar el convenio de pago, toda vez que se debe asegurar la recuperación económica por parte del Hospital Municipal “San Juan de Dios”.