SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0774/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0774/2011-R

Fecha: 20-May-2011

II.5.

II.5.  El 16 de junio de 2009, el ahora accionante mediante memorial dirigido a la Jueza        de Instrucción Mixta, Liquidador y cautelar de Tarata; solicitó la cesación de la detención preventiva, solicitud que fue rechazada mediante proveído, señalando que: “…por Auto de 8 de junio de 2009, se puso a conocimiento del abogado defensor que tenía el plazo de 72 horas para apelar dicha resolución, instancia que no fue efectuado, recordándole además que al asumir la comisión del delito y renunciar de forma voluntaria a un juicio oral público y contradictorio, sometiéndose a un procedimiento abreviado de forma voluntaria, este acto debe llevarse a cabo y no puede ser restituido por la cesación de la detención preventiva en base al art. 250 del CPP” (sic) (fs. 9 a 10).