SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0791/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0791/2011-R

Fecha: 30-May-2011

III.5. Análisis del caso denunciado

De la lectura de la acción de libertad, se tiene que los representados de las accionantes fueron sometidos a medidas cautelares, ante el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, quien dispuso  detención domiciliaria, asimismo, mediante órden judicial ordenó al Director Departamental del Régimen Penitenciario, la designación de dos escoltas los mismos no efectuaron la designación, remitiendo nota de 31 de diciembre de 2009, alegando que no tiene atribuciones para la designación; por ello, sus representados permanecieron más de siete días recluidos en la carceleta judicial.

Asimismo, cabe señalar que la autoridad jurisdiccional, emitió una orden judicial misma que debió ser cumplida por las autoridades administrativas, y remitir ante la instancia pertinente para que de cumplimiento a lo ordenado por la autoridad jurisdiccional, específicamente, las resoluciones emanadas de las autoridades que ejercen el control jurisdiccional del proceso penal -llámese éste ordinario, son vinculantes a todos los órganos públicos, los cuales deben someterse inexcusablemente a sus decisiones.

Por ello se establece que no existe violación al derecho a la libertad, al haber beneficiado a sus representados del accionante con la medida sustitutiva a la detención y ordenado para el cumplimiento de dicha medida, al Director Nacional del Régimen Penitenciario y al Director del Departamental del Régimen Penitenciario, se asignen los escoltas necesarios los mismos que alegaron no tener competencia para dicha designación.