Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0804/2011-R
Fecha: 30-May-2011
II.2.
II.2. La autoridad demandada, mediante su informe evacuado en audiencia, puntualizó que, el accionante además cuenta con otros dos procesos en su contra y pendiente la existencia de una audiencia de revocatoria, por lo que solicitó informe acerca de la revocatoria de medidas cautelares (fs. 8 vta. y 9 y vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- acción de libertad, constituye una garantía instrumental de rango constitucional
- el art. 39 LEPS, cuando señala que el interno será liberado en el día, sin necesidad de trámite alguno, se refiere a que el detenido con la sola presentación del mandamiento será dejado en libertad,
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR