SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0804/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0804/2011-R

Fecha: 30-May-2011

“procedente”

El Juez Tercero de Partido y de Sentencia de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 387/2009 de 30 de diciembre, cursante a fs. 9 y vta., declaró “procedente” la acción de libertad interpuesta, fundando su Resolución en: i) Recepcionado el mandamiento de libertad por la Gobernación del Penal, corresponde verificar el mismo en el Juzgado respectivo, no existiendo otro requisito o tramite al margen; ii) Si bien el Gobernador del Penal tiene la obligación de controlar la salida de los internos, con el fin de evitar evasiones, esta obligación debe sujetarse a la verificación en el juzgado o tribunal; y, iii) Los actos realizados por el Director del Penal, orientados a solicitar documentación adicional consistente en informes o certificados a otro juzgado o tribunal, resulta siendo una medida impertinente, constituyendo un exceso administrativo, que obstaculizó la ejecución del mandamiento de libertad.