SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2012

Fecha: 04-May-2011

I.2.2. Informe de la autoridad y funcionario demandados

Luis Carlos Zambrano Aguirre, Rector de la Universidad Autónoma del Beni “José Ballivián”, mediante informe escrito corriente de fs. 38 a 40 manifestó que de acuerdo al art. 92 de la CPE, las universidades públicas, son autónomas en virtud a ello, administran sus recursos y nombran a sus autoridades, personal docente y administrativo. En ese entendido, tomando en cuenta los arts. 7.1, 14.1 y 14, 68 y 81 del Estatuto Orgánico de la Universidad Autónoma del Beni “José Ballivián”, aprobado en razón a la disposición constitucional citada, que en concordancia con el art. 410.II.3 de la CPE, tiene rango de ley por encima del art. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT), el rector de la universidad como MAE, se encuentra facultado de contratar y rescindir contratos, con la única salvedad de sujetarse a la Ley General del Trabajo en cuanto al pago de beneficios sociales cuando corresponda.

En consecuencia, lo que se realizó fue cumplir con el precepto constitucional y la Ley General del Trabajo, al finalizar la relación laboral que existía entre el accionante y la institución a la que el demandado representa, previo cumplimiento del plazo estipulado en el contrato suscrito entre ambas partes, y si el accionante no estaba de acuerdo con dicha decisión, debió recurrir al procedimiento administrativo que establecen los recursos de revocatoria y jerárquico aprobados por Ley 2341 de 23 de abril de 2002, y no así ante la Jefatura Departamental de Trabajo y peor aún a la presente acción de amparo constitucional sin agotar previamente las instancias legales correspondientes, es decir los Juzgados del Trabajo y Seguridad Social, lesionando los principios constitucionales de prelación normativa y reserva legal, como también los derechos constitucionales a la defensa, al juez natural y a la “seguridad jurídica” entre otros.