II.3. Análisis del caso concreto
En el presente caso, el accionante al interponer la acción de amparo constitucional alega que al haber sido descalificado del concurso de “Producción Médico Científica”, en la categoría libros inéditos, sobre la base de normas de calificación contenidas en las tablas de la UNESCO y las normas de “VACOUVER”, se transgredió su derecho al debido proceso por cuanto estas normas de calificación de trabajos no se dieron a conocer a momento de emitirse la convocatoria por los integrantes de la Directiva del Colegio Médico Departamental de Cochabamba; en consecuencia, los miembros del Comité Calificador demandados mal podían haber aplicado dichas normas y por ende llegar a la conclusión que su propuesta no cumplió con los criterios de calificación que discrecionalmente utilizaron para dejarlo fuera de la premiación.
En razón a ello, específicamente solicitó que a momento de concederse la tutela se declare nulo y sin efecto el resultado del concurso, debiendo procederse a una nueva calificación de los trabajos presentados conforme las bases establecidas en la convocatoria, más la determinación de responsabilidad y la calificación de los daños y perjuicios.
