Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 198/2011-RCA
Fecha: 03-Jun-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud a la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 098/2010 de 10 de diciembre, cursante de fs. 21 a 23, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, y en consecuencia RECHAZA la presente acción de amparo constitucional.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- rechazó
- II.1.
- Fragmento 4
- requisitos formales
- II.3.
- Fragmento 7
- Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados. (art. 97.VI de la LTC)
- II.4. Análisis del caso enviado en revisión
- APROBAR