Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0912/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
III.3.1. La acción de libertad y las lesiones al debido proceso
El accionante al manifestar que se encontraba en total estado de indefensión y que se había tramitado el proceso de asistencia familiar a sus espaldas por parte de su esposa, expresa hechos que no son ciertos, pues por el informe de la autoridad accionada de fs. 14, se evidencia que no solamente tuvo conocimiento de la demanda de asistencia familiar, sino que respondió a la misma y que además luego que se emitió la Sentencia que fijaba Bs500.- para 5 de sus hijos “que son 8” en el mismo informe que cursa el Auto de Vista que revocó parcialmente la Sentencia.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- III.3.1. La acción de libertad y las lesiones al debido proceso
- simultáneamente
- APROBAR