SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0916/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0916/2011-R

Fecha: 06-Jun-2011

“improcedente”

El Juez de Partido y de Sentencia de la provincia Florida Samaipata del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Sentencia de 13 de agosto de 2008, que declaró “improcedente” la acción de amparo constitucional,  con el fundamento de que no puede usarse la vía del amparo constitucional con el fin de demandar se cumpla una sentencia constitucional de otra acción de amparo constitucional, aspecto no permitido por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional

En consecuencia, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del art. 125 de la CPE, por consiguiente el Juez de garantías, al declarar “improcedente” la acción tutelar, aunque en uso de la nueva terminología debió denegarla, efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dio correcta aplicación al citado precepto constitucional.