SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0917/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
denegó
La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante la Resolución 115 de 31 de julio de 2009, cursante a fs. 63 y vta., denegó la tutela, en base a los siguientes fundamentos: a) La acción de amparo constitucional, únicamente procede cuando no existe otro medio legal para proteger derechos; y, b) En el caso de autos la Sala Penal Segunda, dentro de una demanda de amparo constitucional, concedió la tutela y dispuso la desocupación de los lotes comprendidos en el plano original del Gobierno Municipal de Santa Cruz; razón por la cual los accionantes debieron en primera instancia acudir ante la Sala Penal citada a efecto de reclamar sus derechos, instancia judicial de la cual emanó el mandamiento de desapoderamiento que tuvo carácter general.