SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0922/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0922/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

El Concejo Municipal de EL Alto, emitió la Ordenanza Municipal (OM) 047/2004 de 18 de enero, por la que resolvió legalizar los asentamientos de la referida Asociación, con un total de ciento sesenta y nueve puestos, que fueron ampliados a trescientos trece a través de la OM 191/2007 de 13 de diciembre, que a su vez aprobó la Resolución Técnica Administrativa (RTA) 266/07 de 11 de diciembre del citado año, normas que son de cumplimiento obligatorio en virtud del art. 20 de la Ley de Municipalidades (LM).

Indica que, el 19 de diciembre de 2008, mediante la ilegal y arbitraria RTA 0001/2008 de 26 de noviembre, emanada de la Sub Alcaldía del Distrito 6, con ayuda de la fuerza pública algunos de vuestros afiliados fueron violentamente desalojados con el objeto de ejecutar la construcción de un Módulo Policial.

Agrega que, la atribución para proceder al desalojo de asentamientos, corresponde a la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) del Gobierno Municipal, citando como respaldo legal la OM 170/2008 de 25 de julio, advirtiendo que en autos no se procedió con carácter previo a la reconsideración a través del Concejo Municipal de las Ordenanzas Municipales que reconocían la condición legal de la Asociación y que fueron citadas precedentemente.

Refiere que, el actuar ilegal de los funcionarios municipales de la Sub Alcaldía del Distrito 6, se respalda en las supuestas infracciones del afiliado Leandro Cárdenas y otros afiliados que dio origen a la emisión de las OOMM 047/2004 y 191/2007, cuya notificación no consta en antecedentes y que necesariamente debió ser efectivizada en ésta en su calidad de Secretaria General de la Asociación y como representante de la misma.