SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0986/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración del derecho de su representado al agua, por cuanto solicitó a las autoridades de Peña Colorada, se amplíe el proyecto de instalación de agua potable hasta su predio, requerimiento que en una actitud discriminatoria, fue rechazado por los profesionales técnicos y el Subprefecto de la provincia Gran Chaco, con el argumento de que su inmueble se encuentra ubicado en otra comunidad, cuando en realidad el proyecto de referencia denominado Acueducto Barro Blanco Crevaux, pasa por la comunidad de Yuquirenda o Bajada a seiscientos metros de distancia de su propiedad, siendo la única persona en la zona que no cuenta con agua. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiaridad en la acción de amparo constitucional
- siempre que no hubiere otro medio o recurso para la protección inmediata de los derechos y garantías
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR