SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0986/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0986/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

III.2.   Análisis del caso concreto

Del análisis de la documentación cursante en el expediente, se puede establecer que el accionante, pudo impugnar por la vía administrativa el rechazo a su solicitud, efectuada por el Subprefecto de la provincia Gran Chaco, entendiendo que esta respuesta era gravosa y perjudicial a sus intereses, en razón a que los recursos impugnatorios en sede administrativa, otorgan a los administrados insatisfechos con la decisión de primera instancia, un medio idóneo de impugnación tendente a imposibilitar que una resolución injusta adquiera la categoría de definitiva, a través de la revocatoria en primer término y del recurso jerárquico en segunda instancia.

La Ley de Procedimiento Administrativo, le permitía a través de la impugnación las notas “SPGCH/DESP/CITE 259/09 de 8 de junio de 2009 y FISC/ACUED. BB-CRV/CITE: 22/2009 de 1 de junio”, aperturar para el representado del accionante, la posibilidad de obtener de la administración Subprefectural, una modificación en su decisión o en su defecto plantear soluciones alternativas, toda vez de la rigidez de la normativa pública referida a los sistemas de planificación, inversión pública, programación operativa anual y administración de bienes y servicios.