SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0994/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Por memorial presentado el 6 de octubre de 2009, cursante de fs. 2 a 3 el accionante manifiesta que el 5 de octubre del mismo año, a un grupo de pandilleros en el barrio Damar y un número indeterminado de efectivos policiales, armados con gases lacrimógenos protagonizaron un escándalo público, dando lugar a una serie de atropellos y abusos sin respetar la presencia de niños y ancianos; motivo por el cual, se aproximó para reclamar pidiendo que cesen los escándalos, no fue escuchado por los funcionarios policiales y al haber pedido vehementemente que cesen los abusos, fue detenido, arrestado y llevado a la sección policial de la Pampa, donde fue privado de su libertad sin motivo legal que justifique su arresto, exista ni mandamiento librado por autoridad competente.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- es ineludible que el recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, o contra la autoridad que impartió o ejecutó la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales
- de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, a la que cometió efectivamente el acto ilegal, y sólo cuando éste es manifiestamente contrario a la ley y existen los elementos de convicción pertinentes que lo acrediten; no siendo aplicable a otras situaciones en las que no se aprecie tal error y existe la necesidad de contar con mayores elementos de convicción para acreditar la existencia del acto ilegal
- III.2. Análisis del caso de autos
- APROBAR