SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1040/2011-R
Fecha: 29-Jun-2011
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
La autoridad demandada Fidelia Alonzo Choque, Concejal Municipal de Colquiri, por su parte señalóque el 29 de noviembre de 2008, Andrés Jamillo Alvarado, renunció a su cargo y desde entonces ya no fue reconocido como Alcalde ni Concejal de ese municipio, además que sus familiares les “amenazan con matarlos” (sic).
Asimismo, la ex autoridad municipal de Colquiri, Andrés Jamillo Alvarado, en el informe escrito cursante de fs.97, señaló al encontrarse privado de libertad en el penal de San Pedro de la ciudad de La Paz, desde el 25 de julio de 2009 por determinación de la Jueza Segunda de Instrucción Penal Cautelar, solicitó no conceder el recurso o en su caso suspender la audiencia, señalando nuevo día y hora para que su persona presente informe.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- "
- III.2. Análisis del caso concreto
- concedido