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    0527/2011-R de 25 de abril
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    0527/2011-R de 25 de abril

    Fecha: 08-Ago-2011

    Magistrado                       :

    En el caso del epígrafe venido en revisión, el suscrito Magistrado, expresó su conformidad con la denegatoria de la acción, pero difirió con el fundamento para ello, en cuyo mérito, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 47.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), fundamenta su disidencia, conforme a los siguientes términos:

    • Magistrado                       :
    • I. ANTECEDENTES
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
    • II.2. Extinción de la acción penal: autoridad competente y trámite para resolverla
    • el tribunal de casación no tiene facultad para tramitar una petición de extinción de la acción
    • II.3.  Análisis del caso concreto

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