concedió
La Jueza Cuarta de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Jueza de garantías concedió la tutela disponiendo: a) La restitución del derecho a la libertad del accionante, a efectos que asuma su defensa; b) Que el agraviado acuda ante la autoridad competente en cuanto a la nulidad de obrados demandada por aplicación errónea de la ley; y c) La remisión de antecedentes al Ministerio Público a objeto de investigarse la conducta del auditor y secretario de Cámara, por el delito de desobediencia a la autoridad, previsto por el art. 160 del Código Penal (CP).
- I. Sobre los criterios de interpretación
- II. La interpretaci
- no puede desconocer todos aquellos actos que como emergencia de la concesión de la tutela se hubieren realizado, pues al hacerlo, se podrían desconocer los derechos de terceras personas, y fundamentalmente de los socios de la Cooperativa Telefónica, tomando en cuenta, además, que a la fecha han transcurrido casi cuatro años desde que el Tribunal de amparo concedió la tutela
- todos los actos realizados por los accionantes, quedan incólumes, de tal manera que gozan de la legalidad suficiente para el beneficio de terceros interesados, toda vez que el interés superior de los estudiantes no puede ser afectado por un error o una mala aplicación de los reglamentos correspondientes en la elección del personal docente, pudiendo ésta corregirse sin ocasionar daños y perjuicios colaterales en contra de estudiantes universitarios
- III.1. El problema jurídico planteado en la acción de libertad
- concedió
- denegó
- III.4. El caso resuelto en la SC 0519/2011-R
