III.1. El problema jurídico planteado en la acción de libertad
Juan Ramiro Fernández Dueñas formuló la presente acción de libertad, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la petición a la defensa y al debido proceso; indicando que en la audiencia confesoria sin motivo legal alguno, se le negó la posibilidad de interponer excepciones e incidentes, razón por la cual pidió fotocopia legalizada de dicho actuado, que sin embargo de estar autorizada, no le fue entregada. Señala también que en la audiencia de apertura de debates y vista de la causa, a solicitud del Fiscal Militar se ordenó su detención preventiva, por la supuesta existencia de riesgo de fuga y obstaculización, en la que no se ofreció ningún elemento probatorio a fin que pudiera refutarlos; sin que tampoco se le hubiera notificado para la audiencia de consideración de medidas cautelares.
- I. Sobre los criterios de interpretación
- II. La interpretaci
- no puede desconocer todos aquellos actos que como emergencia de la concesión de la tutela se hubieren realizado, pues al hacerlo, se podrían desconocer los derechos de terceras personas, y fundamentalmente de los socios de la Cooperativa Telefónica, tomando en cuenta, además, que a la fecha han transcurrido casi cuatro años desde que el Tribunal de amparo concedió la tutela
- todos los actos realizados por los accionantes, quedan incólumes, de tal manera que gozan de la legalidad suficiente para el beneficio de terceros interesados, toda vez que el interés superior de los estudiantes no puede ser afectado por un error o una mala aplicación de los reglamentos correspondientes en la elección del personal docente, pudiendo ésta corregirse sin ocasionar daños y perjuicios colaterales en contra de estudiantes universitarios
- III.1. El problema jurídico planteado en la acción de libertad
- concedió
- denegó
- III.4. El caso resuelto en la SC 0519/2011-R
