Sentencia: 0519/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0519/2011-R

Fecha: 02-Ago-2011

denegó

“…no se advierte de los actuados procesales adjuntos al expediente, que se hubiere formulado el recurso de apelación previsto por el art. 251 del CPP, aplicable también  en procesos penales militares por la amplia argumentación efectuada, que se constituye en el medio procesal específico de defensa idóneo, eficaz y oportuno, tendiente a lograr la restitución del derecho a la libertad; que debe ser planteado imprescindiblemente en observancia de la naturaleza subsidiaria excepcional de la acción de libertad y el segundo presupuesto fijado por la SC 0080/2010-R que determina que en caso de impugnarse una resolución de medida cautelar, con carácter previo a plantear esta acción de defesa, se debe apelar la misma, a objeto que el superior en grado -en este caso, el Tribunal Supremo de Justicia Militar- tenga la posibilidad de corregir la supuesta arbitrariedad denunciada, si fuere el caso…”