AUTO CONSTITUCIONAL 0267/2011-RCA
Fecha: 12-Sep-2011
I.3. Petitorio
Los accionantes solicitan se disponga dejar sin efecto la Resolución 011/2010, dictada por el Juez Tercero de Partido en lo Penal Liquidador, Resolución 12/2010 de 29 de septiembre, dictada por la Sala Penal Segunda del Distrito Judicial de La Paz, determinando que la “Sala Penal Segunda del Distrito Judicial de La Paz aplicando los Arts. 209, 213, 216, 332 y 355 del Proced. Penal Anterior, concordante con los Arts. 223, 227, 518 del Código de Proced. Civil, emita nueva resolución conforme a los fundamentos expuestos en el Recurso de Apelación presentado en fecha 23 de marzo de 2010, interpuesto por los ahora recurrentes René Torréz Jiménez y Rosario Torréz Jiménez y con su resultado se devuelva obrados al Juzgado 3º de Sentencia en lo Penal de la ciudad de la Paz, a objeto de que dicho juez emita resolución, que resuelva el incidente de nulidad, sea conforme a derecho” (sic).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- rechazó in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal constitucional
- I.
- II.3. Análisis del caso concreto
- I. Sobre la personería de los accionantes:
- II. Sobre la identificación y domicilio de los demandados:
- IV. Sobre los derechos que consideran vulnerados:
- V. Sobre la prueba en la que fundan su pretensión:
- VI. Sobre la causa de pedir de la acción: