SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1262/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1262/2011-R

Fecha: 16-Sep-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

Teniendo en cuenta que las medidas cautelares son adoptadas para garantizar la presencia del imputado en la investigación y en el juicio, el Tribunal Segundo de Sentencia, aceptó su solicitud de cesación de detención preventiva mediante Resolución 512/2009 de 21 de noviembre y le impuso las medidas sustitutivas, entre otras, de fianza económica de Bs150 000.- (ciento cincuenta mil bolivianos) a ser depositados en el Departamento Financiero del Consejo de la Judicatura.

Posteriormente, mediante Resolución 188/2010 de 12 de julio, el Tribunal Segundo de Sentencia aceptó su solicitud de sustitución de fianza económica por una real de un inmueble del que se ordenó su hipoteca, que según el certificado catastral el referido bien tiene un valor de Bs460 340.- (cuatrocientos sesenta mil trescientos cuarenta bolivianos), con una superficie de 2100 m2.

Habiendo cumplido con todas y cada una de las medidas sustitutivas a la detención preventiva impuesta por la autoridad de control jurisdiccional, correspondía se libre el mandamiento de libertad en su favor; sin embargo, el presidente del Tribunal Tercero de Sentencia por providencia de 30 de julio de 2010, señaló: “…cumpliendo el principio de inmediación observado por el tribunal de turno en la vacación judicial, considérese la petición que antecede en la audiencia de prosecución de juicio oral señalada y notificada a las partes en forma expresa según actos del juicio a cargo de secretaria “(sic)”, con esta providencia implícitamente se le negó su libertad, tornándose su detención preventiva en absolutamente ilegal, indebida y arbitraria.