Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1307/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
I.2.2. Informe de los demandados
Los demandados Joaquín Rocha Vargas y Ángela Sanabria de Rocha, no prestaron informe, ni por escrito, ni en forma verbal, dado que, a pesar de estar presentes en audiencia de amparo constitucional, el Tribunal de garantías de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, expresaron que al haber asistido a la misma, sin abogado, no era posible conocer su posición, respecto a la acción planteada en su contra.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de los demandados
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La garantía del debido proceso
- a ser oída,
- a ser oída públicamente
- y a defenderse personalmente o ser asistida por un defensor de su elección;
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1º ANULAR