Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1307/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
III.1. La garantía del debido proceso
En los Pactos internacionales sobre derechos humanos, el debido proceso es considerado como derecho humano, y se encuentra detallado en forma pormenorizada en el art. 8 del Pacto de San José de Costa Rica y en el art. 14 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos. Así el primero de los Pactos, señala:
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de los demandados
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La garantía del debido proceso
- a ser oída,
- a ser oída públicamente
- y a defenderse personalmente o ser asistida por un defensor de su elección;
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1º ANULAR