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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1405/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1405/2011-R

    Fecha: 30-Sep-2011

    2º

    2º En virtud a lo dispuesto por el art. 48 inc. 4) de la LTC, en atención al tiempo transcurrido, se mantiene la validez de los efectos de la procedencia de la acción de amparo constitucional, en mérito a que el Juez de garantías refirió que la notificación con actuados administrativos carecía de formalidades, disponiendo practicarse nueva notificación con las formalidades expresas.

    • acción de amparo
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • 1)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Respecto a la finalidad de las citaciones y notificaciones
    • III.2. Análisis del caso concreto.
    • 2º

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