SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1407/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Por memorial presentado el 2 de septiembre de 2010, cursante de fs. 7 a 8 vta., la accionante manifiesta que, su representado y concubino ingresó al Hospital Universitario Municipal “San Juan de Dios” el 17 de marzo de ese año, con el cuadro clínico de trauma cerebral, sufriendo varias recaídas en su tratamiento. Una vez restablecido, fue dado de alta el 26 de agosto de 2010, otorgándole la liquidación en forma escrita, según la cual adeuda Bs10 718.- (diez mil setecientos dieciocho bolivianos), que no se negó a honrar, pero por la situación económica que atraviesan solicitaron, al ahora demandado, un plan de pagos que se niega a aceptar; habiendo transcurrido siete días de una abusiva, arbitraria e ilegal retención, tomando en cuenta que los procedimientos administrativos dentro de una institución privada y pública, no contemplan detenciones ni retenciones por deudas económicas, que fueron abolidas, sino otros mecanismos para el cobro por servicios hospitalarios.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
- Sobre la legitimación pasiva y la retención de paciente por gastos medicos
- puede retener a un paciente por la falta de cancelación de los gastos ocasionados en el tratamiento médico que se le brindó
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR