AUTO CONSTITUCIONAL 0007/2012-ECA-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0007/2012-ECA-CA

Fecha: 19-Oct-2012

I.1. Aclaración y complementación

El accionante señala en el memorial de aclaración, complementación y enmienda, lo siguiente: 1) “El memorial de impugnación de la Resolución 102/2012 de 16 de abril, con la que el Tribunal de Garantías rechazó la acción de amparo constitucional deducida, se refirió puntualmente a cuestionar como no válidas las razones expuestas relativas a la imposibilidad de presentar fotocopias legalizadas, por razones no atribuibles a su responsabilidad; a que las exigencias sobre la forma de legalización de la prueba presentada no se enmarcaban a norma legal alguna y finalmente, al hecho de no haberse considerado que se había ofrecido como prueba la contenida en el expediente del proceso en custodia en la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia; sin embargo, en la resolución cuya complementación, explicación y enmienda se pide, se decidió sin siquiera mencionar los argumentos de la fundamentación ingresar a valoraciones de fondo respecto a la procedencia o improcedencia de la acción presentada y de la tutela solicitada, faltando al deber de congruencia al que se encuentran sujetos los jueces ordinarios o constitucionales; en el marco expuesto, solicito se expliquen las razones que justifican dicha decisión con expresa mención de la norma constitucional o procesal que sustenta la posibilidad de que el Tribunal Constitucional Plurinacional se aparte de la pretensión deducida y decida no resolver sobre lo solicitado e ingresar de oficio a la valoración de fondo de una acción que fue rechazada, cuando debió limitarse a resolver sobre las razones del rechazo…” (sic); 2) la Comisión de Admisión indica que, al haberse solicitado la restitución del derecho a la libertad, se ignoró la naturaleza jurídica y el alcance de la acción de amparo, y de esa forma resulta incongruente el petitorio, afectando el contenido jurídico de la demanda e impidiendo se ingrese al análisis de fondo de la problemática expuesta, pidiendo se explique cómo podría argüirse que la detención fue ilegal para obtener la restitución de su derecho a la libertad por la vía de la acción de libertad.