Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0067/2012-RCA-SL
Fecha: 02-Oct-2012
I.3. Petitorio
El accionante, solicita conceder la acción de amparo y se disponga la nulidad de la RA 028/10 de 26 de marzo, dictada por el Tribunal Disciplinario Departamental de La Paz y la Resolución 962/2010 de 21 de octubre, dictada por el Tribunal Disciplinario Superior, ambos de la Policía Boliviana, hasta que el Tribunal Disciplinario Departamental Permanente de La Paz de la Policía Boliviana, resuelva la excepción de prescripción.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- rechazó
- Fragmento 7
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia in limine por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
- II.3
- II.4. De los requisitos de procedencia de la acción de amparo constitucional
- 3. Las resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas aun cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso”
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- II.6. Análisis del caso concreto
- POR TANTO