Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2012-RCA-SL
Fecha: 09-Oct-2012
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memorial presentado el 18 de junio de 2011, cursante de fs. 76 a 84, el accionante refiere que, luego de una serie de procedimientos llevados a cabo para consolidar los derechos fundamentales de los pueblos reconocidos en la Constitución; el 30 de noviembre de 2010, el Tribunal Supremo Electoral, emitió la Resolución 063/2010, determinando aprobar la elección de Asambleístas Departamentales del pueblo indígena originario campesino “Yuracaré-Mojeño” realizada de acuerdo a sus normas y procedimientos propios en 31 de julio del mismo año, en asamblea general de la comunidad El Pallar, provincia Ichilo del departamento de Santa Cruz.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- rechazó in limine
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia in limine por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
- II.3
- II.4. Análisis del caso concreto
- POR TANTO