Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0080/2012-RCA-SL
Fecha: 16-Oct-2012
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante considera vulnerados sus derechos a la defensa, a la petición, la garantía al debido proceso, y los principios de seguridad jurídica, de igualdad de las partes ante la ley, de acceso a la justicia y de presunción de inocencia, citando al efecto los arts. 115, 116, 117.I, 119, 120 y 122 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- rechazó in limine
- Fragmento 4
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia in limine por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
- II.
- II.4. De los requisitos de procedencia de la acción de amparo constitucional
- 3. Las resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas aun cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso”
- II.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR