AUTO CONSTITUCIONAL 0810/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0810/2012-CA

Fecha: 26-Oct-2012

II.1.  Atribución de la Comisión de Admisión

De acuerdo a lo previsto por el art. 26.II del Código Procesal Constitucional (CPCo), la Comisión de Admisión en el plazo de cinco días de recibidos los antecedentes originales, observará, si fuera el caso, el incumplimiento de      los requisitos establecidos por el art. 24 del mismo Cuerpo Legal, y a su vez el art. 27.I del Código ya referido prevé que una vez verificado el cumplimiento de los requisitos o subsanadas las observaciones hechas, la Comisión de Admisión en el plazo antes señalado se pronunciará sobre la admisión o rechazo.