AUTO CONSTITUCIONAL 0815/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0815/2012-CA

Fecha: 31-Oct-2012

rechazó

Por Resolución 29-00034-12 de 8 de octubre de 2012, cursante de fs. 35 a 41, el Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego-AJ, rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta bajo los siguientes fundamentos: 1) La Ley de Juegos de Lotería y de Azar, tiene por objeto establecer la legislación básica de los juegos de lotería y azar, estableciendo un régimen sancionador para todas aquellas personas naturales o jurídicas que infrinjan las disposiciones de la misma, que por la gravedad del hecho establecerá sanciones con el comiso definitivo de las máquinas de juegos y multa en unidades de fomento a la vivienda; 2) La Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego-AJ, realiza sus funciones velando el cumplimiento del debido proceso, donde se sustentan los principios de legalidad, de tipicidad, de presunción de inocencia y de proporcionalidad; y, 3) El accionante no cumplió con el art. 24.4 del Código Procesal Constitucional (CPCo), pues no cita de forma adecuada la disposición que pretende declarar inconstitucional y menos explica si la norma legal impugnada será aplicada en la decisión final del proceso.