SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1629/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1629/2012

Fecha: 01-Oct-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el proceso penal de acción pública seguido por el Ministerio Público contra el ahora accionante, por la presunta comisión del delito de homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito, el 13 de agosto de 2012, se llevó a cabo la audiencia de revocatoria de medidas sustitutivas, a instancia de la querellante María Jesús Nogales Rivero, emitiéndose la Resolución de 13 de agosto del mismo año, pronunciada por el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, que dispuso la revocatoria de las medidas sustitutivas, pese a encontrarse con detención domiciliaria y custodia permanente desde el 21 de noviembre de 2010. No obstante, previo al inicio de la audiencia, interpuso recurso de revocatoria contra la providencia de 30 de julio de 2012, reclamando que la solicitante no se encontraba legitimada para intervenir en el proceso, debido a que la objeción a la querella se encontraba sin resolver, extremo que le fue negado por el Juez ahora demandado; quien por el contrario dispuso la revocatoria de las medidas sustitutivas y en su lugar ordenó su detención preventiva.