SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1782/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1782/2012

Fecha: 01-Oct-2012

III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional

Al respecto, la Constitución Política del Estado, en sus arts. 128 y 129 establecen la naturaleza jurídica de la acción de amparo, en tal sentido, la SC 1481/2011-R de 10 de octubre, refirió que: “Al efecto, con carácter previo al análisis de fondo de la problemática planteada resulta necesario referirse a la acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica, en ese orden corresponde señalar:

La acción de amparo constitucional, conforme establecen los arts. 128 y 129.I de la CPE, tendrá lugar: '…contra los actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley' y 'siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados'; disposiciones que expresamente establecen que las supuestas lesiones a los derechos fundamentales y garantías constitucionales deben ser reparadas en la jurisdicción ordinaria, y sólo en defecto de ésta, de ser evidente la lesión al derecho invocado e irreparable el daño emergente de la acción u omisión o de la amenaza de restricción de los derechos, se otorgue la jurisdicción constitucional”.

Por lo expresado anteriormente se concibe que la acción de amparo constitucional se promueve cuando existen vulneraciones a los derechos fundamentales o garantías constitucionales de las personas sea por parte de una persona particular o un servidor público; en el mismo sentido, el art. 51 del Código de Procesal Constitucional (CPCo) señala: “La Acción de Amparo Constitucional tiene el objeto de garantizar los derechos de toda persona natural o jurídica reconocidos por la Constitución Política del Estado y la Ley, contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir”.