Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1887/2012
Fecha: 12-Oct-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante estima como vulnerados sus derechos a la vida, a la libertad, a la integridad física, a no sufrir tratos inhumanos, a no sufrir violencia física, a no ser sometido a una desaparición forzada, a vivir libremente en el lugar de su residencia, a permanecer y circular en todo el territorio boliviano, a no ser incomunicado, por cuanto los demandados procedieron a amedrentarle con proceder a su secuestro y dispararle, haciéndole correr, amenazándole de muerte e impidiéndole salir de un domicilio particular.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3.Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza jurídica de la acción de libertad no posibilita la dilucidación de aspectos que conciernen a la jurisdicción penal
- III.2.Análisis del caso concreto
- 1º CONFIRMAR
- 2º