SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1911/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1911/2012

Fecha: 12-Oct-2012

concedió

La Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Resolución 21 de 1 de agosto de 2012, cursante de fs. 52 a 55, concedió la tutela, disponiendo la reincorporación de la accionante a su fuente laboral, con el pago de sueldos devengados, sin lugar al pago de costas; en base a los siguientes argumentos de orden legal: i) En el DS 28699, modificado por el DS 0495, se ha previsto la posibilidad de que el trabajador despedido pueda acudir ante el Ministerio de Trabajo, Previsión y Empleo, a efectos de procurar su reincorporación; ii) Por su parte, el DS 0495 de 1 de mayo de 2010, otorga al Ministerio del Trabajo, Previsión y Empleo la facultad de instruir la reincorporación de los trabajadores despedidos injustamente, ante cuya omisión se apertura el ámbito constitucional para hacer valer sus derechos; y, iii) La última actuación efectuada por el Ministerio de Trabajo, Previsión y Empleo en el presente caso, data del 14 de febrero de 2012, por lo cual la acción de amparo constitucional se encuentra dentro del plazo de los seis meses establecido para su interposición.