AUTO CONSTITUCIONAL 0140/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0140/2012-RCA-SL

Fecha: 28-Nov-2012

III. Exponer con precisión y claridad los puntos que le sirvan de fundamento

                     De la revisión minuciosa del memorial presentado el 27 de septiembre de 2011, cursante de fs. 171 a 177 vta., se evidencia que la accionante expone que cuando                 se encontraba ejerciendo el cargo de Directora General Ejecutiva del INASES, la Jefa de Departamento de Asuntos Administrativos de INASES, la denunció ante la Ministra de Salud y Deportes, aspecto que es corroborado con la literal adjunta de fs. 15 a 16 de obrados, por lo que se inició en su contra proceso administrativo, el mismo que concluyó estableciendo la inexistencia de responsabilidad administrativa, fallo que adquirió ejecutoria, aspecto verificable de fs. 75 y vta., 77 de obrados donde consta la Resolución 02/2010 de 11 de noviembre y correspondiente ejecutoría, respectivamente.

La accionante alega que, se vulneraron sus derechos cuando después de ejecutoriada la resolución que le deslinda de toda responsabilidad administrativa, una funcionaria del Ministerio de Salud y Deportes presentó memorial solicitando se dé respuesta al recurso de revocatoria planteado por la Ministra de salud y Deportes, aspecto que también se puede verificar de fs. 78 a 79 del expediente, solicitud que fue desestimada por el juez sumariante. Luego, la misma funcionaria interpone recurso jerárquico, el mismo que fue admitido, generándose con estos actos la vulneración a sus derechos constitucionales invocados en la demanda, expresando estos argumentos como agravios sufridos contra sus derechos constitucionales, claros y precisos que no fueron tomados en cuenta por el tribunal de garantías al momento de su análisis y que son por demás expuestos en la demanda y corroborados con la literal acompañada.