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    AUTO CONSTITUCIONAL 0149/2012-RCA-SL
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0149/2012-RCA-SL

    Fecha: 28-Nov-2012

    Fragmento 7

              Estos presupuestos de improcedencia están destinados en el sentido de la ley, a evitar que los accionantes y el Tribunal, tengan que desplegar una actividad procesal que previsiblemente concluirá con una resolución final de improcedencia, razonamiento que al presente se basa en motivos de economía procesal y en el mandato de justicia pronta y oportuna contenida, así como en el principio de celeridad establecidos en los arts. 115.II y 178 de la CPE.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • improcedencia
    • II.1.  Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones   tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
    • II.2.
    • Fragmento 7
    • II.4.  El amparo constitucional y su carácter subsidiario
    • POR TANTO
    • 1º  REVOCAR

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