AUTO CONSTITUCIONAL 0167/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0167/2012-RCA-SL

Fecha: 30-Nov-2012

i)

De la revisión de obrados y del memorial de demanda, se tiene lo siguiente: i) El accionante, acreditó su personería como apoderado del procesado; ii) Identificó claramente a las autoridades accionadas, puesto que planteó la presente acción contra los Ministros de la Sala penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, señalando además sus domicilios; iii) Se expuso con claridad y precisión los hechos que le sirven de fundamento en su pretensión; iv) Se precisaron los derechos o garantías que consideró vulnerado los derechos de su representado, señalando el debido proceso y la presunción de inocencia; v) Se acompañaron las pruebas en que se funda la acción formulada, y, vi) Respecto al requisito de fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados, el accionante solicita que se anule y deje sin efecto el Auto Supremo 159, dictado por los Ministros antes mencionados,   -hoy accionados-; además, por carecer de fundamentación y por haber convalidado los defectos contenidos en el Auto de Vista impugnado, pidiendo que se dicte un nuevo auto supremo conforme a derecho.