AUTO CONSTITUCIONAL 0167/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0167/2012-RCA-SL

Fecha: 30-Nov-2012

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 2 de diciembre de 2011, cursante de fs. 96 a 102, el accionante, en representación legal de Juan Carlos Balderrama Andrade, señala que en la gestión 1999, se inició un proceso penal contra su mandante y otro, seguido a instancias del Ministerio Público y Dazia Thalía Chuquillanqui Vidal, en el que fue procesado y condenado por diversos delitos, entre ellos vejaciones y torturas, incumplimiento de deberes y privación de libertad. Continúa señalando que luego de los procedimientos de rigor, el Juez Primero de Partido Liquidador dictó Sentencia de 12 de noviembre de 2003, condenando a su mandante a 10 años de presidio por los delitos de incumplimiento de deberes, lesión seguida de muerte y privación de libertad, fallo que fue apelado, por lo que la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dictó el Auto de Vista 609/2005 de 20 de octubre, por el que se revocó en parte la sentencia pronunciada por el juez aquo, declarando a su poderconferente autor de los delitos de incumplimiento de deberes, privación de libertad, vejaciones y torturas, absolviéndole por el delito de lesión seguida de muerte. Posteriormente, el accionante recurrió en casación, siendo que la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia pronunció el Auto Supremo 159 de 27 de mayo de 2011, declarando infundado el recurso de casación.