Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0200/2012-RCA
Fecha: 15-Nov-2012
8.
8. La parte accionante en su petitorio solicita se conceda la tutela interpuesta, disponiendo la nulidad de obrados hasta que se realice el sorteo correspondiente, para que la causa de referencia se derive al Juez que emerja de dicho sorteo, además pide se condene a los denunciados a la reparación patrimonial de daños y perjuicios ocasionados.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- “rechazo” in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados dentro de ese proceso o vía legal, sea judicial o administrativa
- 4.
- 8.