AUTO CONSTITUCIONAL 0206/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0206/2012-RCA

Fecha: 29-Nov-2012

La DEVOLUCIÓN por Secretaría General de la presente acción de amparo constitucional al Juzgado de Partido y Sentencia de las provincias Tomina y Belisario Boeto del departamento de Chuquisaca, para que en observancia de lo dispuesto por el art. 30.I num. 2 y II del CPCo, aguarde el señalado plazo  de tres días a efectos de permitir que, si así vieran conveniente, los accionantes presenten la correspondiente impugnación, en el marco de lo establecido por la citada norma.